| 1. La representación,
defensa y promoción de los intereses económicos,
sociales y profesionales de sus afiliados.
2. Fomentar la solidaridad de los comerciantes afiliados,
promocionando y creando servicios comunes de naturaleza asistencial.
3. Programar las acciones necesarias para conseguir mejoras
sociales y económicas de sus afiliados.
4. Fomentar las actividades sociales, culturales, profesionales
y deportivas entre sus asociados y del personal de sus empreas.
5. Promover y fomentar cuantas iniciativas convengan al mejor
desarrollo de las industrias asociadas y elevarlas a la Administración,
si fuera necesario.
6. Asesorar y ser oída en los Organismos Oficiales
que lo soliciten, en materias relacionadas con la explotación
de las empresas de esta actividad.
7. Informar y asesorar a los asociados, así como dirimir
las cuestiones planteadas entre ellos, en orden a la explotación
de las industrias.
8. Nombrar entre los asociados que reúnan los requisitos
precisos, peritos a efectos arbitrales que sean requeridos,
o vocales que deban formar parte de organismos consultivos
o decisorios de la Administración, o particulares.
9. Establecer conciertos y convenios, de carácter fiscal
o de cualquier otro tipo, con la Administración Pública,
designado el efecto vocales o comisionados.
10. Informar a sus asociados sobre legislación vigente,
y asimismo organizar los servicios de asesoría jurídica
a efectos de cualquier consulta y que siempre serán
gratuitas.
11. Ejercer el derecho de petición, ejercitar las acciones
y recursos de carácter colectivo que sean precisas
contra actos, acuerdos o decisiones de la Administración
o particulares.
12. Impulsar la creación de Cooperativas, Mutualidades
o demás Instituciones conducentes a lograr fórmulas
más perfectas de explotación industrial y utilidad
de los asociados. Mantener una armónica convivencia
entre las empresas asociadas y sus trabajadores, estableciendo,
si fuera preciso, los acuerdos o Convenios de trabajo que
fueran pertinentes.
13. En general, cualesquiera otros fines, que dentro de su
actividad sindical, se le asigne o sean necesarios o conducentes
a la defensa y promoción de los intereses profesionales
y económicos de los asociados.
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